Para elegir entre las asesorías jurídicas en Zamora, trata de buscar siempre aquella que te ofrezca el servicio más eficaz y un asesoramiento personalizado. Nuestra amplia trayectoria en el sector nos permite atenderte de una manera totalmente profesional. Por eso, nos gustaría aprovechar las próximas líneas para hablarte sobre una situación especial: la puesta en venta de un piso alquilado.

Lo primero que hay que aclarar es que si el propietario de una vivienda desea venderla, por ley, debe ofrecérsela en primer lugar al arrendatario, indicándole claramente el precio elegido y el resto de condiciones que ha impuesto para su traspaso.

Gracias a nuestra experiencia entre las asesorías jurídicas en Zamora, podemos aclararte que tras ese anuncio, el inquilino dispone de un derecho preferente de adquisición (o de tanteo) durante los siguientes 30 días.

En el hipotético caso que el propietario no hiciese tal ofrecimiento al arrendatario, el inquilino tendrá el derecho de impugnar la transacción, pudiendo adquirir la vivienda en las condiciones que hubiera pactado el dueño. Esta situación es la que se conoce popularmente como derecho de retracto, debiendo ser ejercitado en un plazo no superior a 30 días contando desde el mismo momento en el que sea notificada la venta.

También es posible que inquilino y dueño lleguen a un pacto por el cual el arrendatario renuncia a los derechos tanto de tanteo como de retracto. Esta situación solamente tendrá lugar en contratos de arrendamiento superiores a cinco años.

Para terminar, la persona que adquiera una vivienda alquilada, tendrá que cumplir con los derechos y obligaciones que tenía el vendedor. Es decir, tendrá que respetar las condiciones del contrato de arrendamiento hasta que se llegue a los 5 años de duración.

En la Cámara de la Propiedad Urbana de Zamora y Provincia te atenderemos de la manera más profesional, asesorándote eficazmente en todo lo que necesites y resolviendo cualquier duda que te pudiera asaltar.