Si buscas asesorías jurídicas en Zamora especializadas en temas inmobiliarios en la nuestra encontrarás un equipo con una larga trayectoria en resolver casos relacionados con la ley de propiedad horizontal. Hoy queremos centrarnos en un tema que suele generar numerosos problemas en las comunidades de vecinos: los elementos comunes de uso privativo.

Es habitual que en determinados inmuebles por motivos estructurales espacios como la cubierta, una terraza o un patio, a pesar de pertenecer a la comunidad, sean accesibles únicamente para una de las viviendas. Para que estos espacios puedan ser empelados por el propietario debe estar previsto a la hora de constituir el título de la propiedad horizontal o permitido por la comunidad de propietarios a través de un acuerdo unánime.

Como una de las asesorías jurídicas en Zamora siempre recordamos que el uso de este elemento común solo podrá llevarse a cabo de manera que no perjudique al resto de vecinos y siguiendo lo marcado. Este espacio sigue siendo propiedad de todos los vecinos y tendrá que darse acceso cuando su conservación o mantenimiento lo requiera.  

Es por este último punto por el que en la Cámara de la Propiedad Urbana de Zamora y Provincia solemos recibir más consultas. Se entiende que las obras de conservación de estos espacios comunes de uso privativo corresponden a toda la comunidad, como corresponde el arreglo de la fachada, por ejemplo. Sin embargo, si los daños surgidos en este espacio se deben al uso del propietario con derecho privativo o a un mal uso, por ejemplo, si rompe por descuido el pavimento, dependerá de este su arreglo. Obviamente, la línea es muy fina y es común que se produzcan discusiones para decidir a quién corresponde este deber.