La Cámara de la Propiedad Urbana de Zamora ha atendido en los últimos años consultas, procedentes de comunidades de vecinos asociadas de toda la provincia, relativas a los trámites necesarios para instalar un ascensor. Para evitar incidencias, es necesario que antes de empezar las obras conozcamos la normativa vigente y los procedimientos a seguir.

Según el artículo 17.1 de la Ley de Propiedad Horizontal, para iniciar las obras de instalación de un ascensor en cualquier comunidad de vecinos, es preciso que la iniciativa cuente con el beneplácito de 3/5 partes de todos los propietarios. A su vez, estos tendrán que costear las 3/5 partes de las cuotas de participación de la obra. Es fundamental que los propietarios de los primeros pisos y pisos bajos tomen parte en la votación. Y en el caso de estar ausente alguno de los propietarios de los pisos superiores, se asumirá que su voto es favorable.

Una vez que la instalación del ascensor tiene el visto bueno, todos los propietarios tendrán la obligación de participar en su financiación. Los propietarios de bajos y locales, a no ser que hayan llegado antes a un acuerdo con el resto, tampoco estarán exentos de pagar su parte.

Excepcionalmente, bastará una mayoría simple en aquellas comunidades en las que hubiera una mayoría de vecinos con movilidad reducida, o si se tratara de  vecinos con más de 70 años.

Como último paso, previamente al inicio de las obras, habrá que solicitar una licencia de obras en el ayuntamiento del municipio. Desde la Cámara de la Propiedad Urbana de Zamora también podemos asesorarte con estas gestiones.

La Cámara de la Propiedad Urbana de Zamora es una entidad asociativa que vela por el desarrollo y la defensa de la propiedad urbana. No lo dudes, ponte en contacto con nosotros si necesitas asesoramiento en esta materia.